Las clínicas dentales no tienen que establecer servicios mínimos. Este tipo de medidas se contempla para determinados servicios esenciales o estratégicos y no corresponde a las clínicas dentales organizar servicios mínimos con motivo de la huelga.
Los trabajadores por cuenta ajena, incluidos los dentistas que tengan un contrato laboral, pueden ejercer su derecho a huelga sin obligación legal de comunicar previamente a la empresa que no acudirán a trabajar ese día. Cuando un trabajador secunde la huelga y no acuda a su puesto de trabajo, podrán descontarse las cantidades correspondientes al salario de esa jornada, así como la parte proporcional que proceda de los complementos salariales y de las pagas extraordinarias. El ejercicio del derecho a huelga no supone la pérdida de días de vacaciones. Asimismo, la clínica no podrá sancionar, despedir ni adoptar represalias contra un trabajador por ejercer legítimamente su derecho a huelga. Por su parte, los trabajadores que decidan no secundarla tienen igualmente derecho a acudir a su puesto de trabajo y desarrollar su actividad laboral con normalidad.
Los propietarios de las clínicas podrán mantener la apertura y actividad habitual durante la jornada del 11 de noviembre, teniendo en cuenta que pueden producirse alteraciones tanto en la disponibilidad del personal como en la asistencia de los pacientes. No obstante, no podrán realizarse cambios extraordinarios de funciones ni reorganizaciones de la plantilla destinadas a neutralizar los efectos de la huelga.
En caso de que el propietario decida no abrir la clínica durante esa jornada, no podrá descontar a los trabajadores las cantidades salariales correspondientes a ese día por el mero hecho de que la empresa haya decidido permanecer cerrada.