A la vista de las importantes sanciones que se prevén en el RGPD[1], es preciso que las clínicas odontológicas, como responsables del tratamiento de datos personales, se adapten a las exigencias de la nueva regulación y a tal efecto el COEM ha elaborado un documento que ofrece una sencilla panorámica de la problemática que la nueva regulación implica. Ver aquí.
[1] El artículo 83.4 del RGPD prevé sanciones máximas de hasta 10.000.000 euros como máximo o, en su caso, la cuantía equivalente a un 2% del volumen de negocio total anual global. Evidentemente, esta cuantía está pensada para grandes empresas multinacionales y será debidamente moderadas de conformidad con el principio de proporcionalidad.