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La prórroga del Estado de Alarma y las clínicas dentales

13/04/2020
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13 de abril de 2020. Tras la prórroga del estado de alarma, las clínicas dentales continúan en el régimen establecido inicialmente en el Real Decreto que declara el estado de alarma y sus normas de desarrollo.

1) Las clínicas dentales, como centros sanitarios y establecimientos médicos que son, se consideran servicios esenciales que están exceptuados de la orden general de suspensión de establecimientos y actividades que se aplica en general.

2) En todo caso, hemos de recordar que el Ministerio de Sanidad ha establecido (Orden SND/232/2020 y SND/310/2020) que las clínicas solo serán servicios esenciales “ante situaciones de urgencia”, por lo que la actividad sanitaria estará suspendida en el resto de casos.

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