Convenio Atención Bucodental Infantil
NOVEDAD 2024: Se ha modificado el importe de los mantenedores, ya que se incluye la colocación y la retirada en un mismo tratamiento. No siendo necesario realizar dos derivaciones como se venía haciendo en años anteriores.
IMPORTANTE:
Recordamos que solo se pueden facturar tratamientos derivados de obturaciones y reconstrucciones en
piezas endodonciadas o con traumatismos con pérdida tisular en el sector anterior.
Si no cumplen estos requisitos, serán canceladas al no estar incluidas en los tratamientos cubiertos en el convenio infantil 2024.
En caso de discrepancia o ampliación del tratamiento, es imprescindible cumplimentar el Anexo IV (documento de derivación inversa)
Se ha renovado el Convenio de Atención Bucodental Infantil para el año 2024. En breve volverás a recibir en tu consulta a los niños madrileños de entre 7 y 16 años, para que puedas realizar los tratamientos que les han sido derivados desde las USBD de la Comunidad de Madrid.
Si has estado adherido al convenio en 2023, hemos renovado tu participación en el convenio 2024 automáticamente. Si, por el contrario, no deseas continuar este año, te rogamos nos los comuniques por escrito y tramitaremos tu baja (convenios@coem.org.es).
El Convenio derivará hasta el 30 de noviembre. El 15 de diciembre de 2024 todos los tratamientos deberán estar terminados y facturados.
Te recordamos los principales aspectos del convenio:
- El anexo III de derivación, que aporta el paciente, tiene un mes de caducidad. Por lo tanto, si el paciente llega a su primera visita y ha pasado más de un mes desde la emisión de dicho anexo, no será válido, y el paciente deberá acudir a su centro de salud para que se lo renueven.
- Una vez finalizado el tratamiento dispones de un mes para poder facturar dicho tratamiento en la plataforma de facturación del COEM.
- En la plataforma de facturación, al introducir los datos del paciente y los tratamientos realizados, se indicará también la pieza tratada, esto ayudará a la Comunidad de Madrid a hacer un estudio más pormenorizado de la patología más frecuente que afecta a los niños de la comunidad de Madrid. También se especificarán las fechas de derivación (anexo III), de inicio del tratamiento (recuerda que tenemos el compromiso de dar cita al paciente en no más de 10 días) y fecha de finalización de los tratamientos. Además, ante los reiterados comentarios que nos habéis hecho acerca de pacientes que abandonan sus tratamientos podrás indicar si el tratamiento no ha sido finalizado y por qué.
- Aunque no existe un plazo para la realización de los tratamientos, desde que se inicia hasta que se finaliza, se deben realizar y facturar en el menor tiempo posible, ya que un plazo excesivo en realizar un tratamiento, y que no esté justificado, puede suponer su rechazo en la facturación.
- Será necesario cumplimentar un anexo IV siempre que se produzca cualquier discrepancia entre el tratamiento derivado y el tratamiento realizado.
Se pueden dar supuestos:
1. En la pieza derivada se cambia de tratamiento, en este caso se rellenará un Anexo IV explicando dicho cambio, por ejemplo: una gran reconstrucción que pasa además a ser endodoncia. Este anexo se adjuntará al anexo III en la plataforma de facturación con la explicación pertinente.
2. Al examinar al paciente se observa que hay patología en otras piezas que no han sido derivadas, en este caso se debe siempre cumplimentar el anexo IV que se entregará al paciente para que este acuda a su centro de salud y el dentista de la USBD, en caso de considerarlo oportuno, hará un nuevo anexo III de derivación. En ese caso se le podrá realizar cuando vuelva con el nuevo anexo. No se aceptará ningún tratamiento nuevo que no haya sido visado por el USBD.
Te recordamos que debes introducir siempre en la plataforma de facturación los anexos con todos los datos necesarios. En la hoja 1: tus datos completos y los de la clínica y en la hoja 2: los tratamientos y piezas realizadas (en la columna de dientes tratados/odontólogo convenio) y siempre las fechas de derivación, inicio y finalización de los tratamientos y, por último e imprescindible, tu firma. En caso de no adjuntar los anexos correctamente, la solicitud será rechazada y se tendrá que volver a subir el tratamiento con los anexos correctos. No se podrán enviar por correo electrónico.
Asimismo, recuerda que puedes elegir facturar los tratamientos como persona física (a los que se aplica la retención del 15% pertinente) o como sociedad que no llevan retención. Tanto en un caso como en otro, recuerda revisar siempre el número de cuenta corriente de abono de las facturas.
Volvemos a agradecer tu colaboración en este convenio que tan importante impacto está teniendo en la salud bucodental de los más pequeños de nuestra comunidad. Entre todos conseguiremos que Madrid esté a la cabeza en materia de prevención.
Para cualquier duda, aclaración o comentario no dudes ponerte en contacto a través del correo electrónico convenios@coem.org.es donde te contestaremos a la mayor brevedad posible.
Más información sobre el Convenio
Este convenio contempla la prestación sanitaria en materia de atención bucodental destinada a los menores entre 7 y 16 años que presenten alguna de las condiciones clínicas incluidas en dicho programa y que se encuentren dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid.
Los dentistas del Servicio Madrileño de Salud son los que derivan a los pacientes. Éstos podrán acudir libremente a cualquiera de los dentistas del COEM que estén inscritos en el convenio. Las Unidades de Atención al Usuario de los Centros de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud facilitarán a los pacientes la relación de dentistas del COEM adscritos.
Los tratamientos no serán abonados por los pacientes. Es la Consejería de Sanidad, a través del COEM, quien paga a los dentistas, trimestralmente, los tratamientos realizados.
Consulta el listado de tratamientos incluidos.
¿Qué tengo que hacer para unirme al convenio?
Si eres dentista colegiado en el COEM en el ámbito de la Comunidad de Madrid y no colaboras con el Servicio Madrileño de Salud ni tienes dentistas en tu clínica que así lo hagan, puedes formar parte de la cartera de profesionales incluidos en el convenio.
Ya se pueden empezar a entregar las solicitudes de adhesión al convenio y por el momento no hay fecha tope de finalización del plazo. El Colegio remitirá de forma regular a la Comunidad de Madrid las actualizaciones del listado de dentistas.
1º Lee detenidamente el convenio de 2024 (aquí).
2º Recopila toda la documentación necesaria.
Documentación
- 1. Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual (se solicita en http://www.mjusticia.gob.es/). Es necesario presentarlo.
- 2. Certificado de Antecedentes Penales (se solicita en http://www.mjusticia.gob.es/)
- 3. Copia del seguro de Responsabilidad Civil Profesional (salvo que el colegiado cuente con la póliza colectiva del COEM con A.M.A).
- 4. Autorización de la/s clínica/s donde trabajas. Máximo 3 clínicas. (Descargar aquí el documento a rellenar, firmar y adjuntar).
3º Debes rellenar el formulario de adhesión incluido en la web colegial (pincha aquí) y enviar a través de la misma página toda la documentación requerida dentro del plazo establecido.
* Anexo III (Autorización de la clínica)
PRESENTACIÓN DE LA JORNADA INFORMATIVA CELEBRADA SOBRE EL CONVENIO DE ATENCIÓN BUCODENTAL INFANTIL