Es importante destacar que la consideración de servicio esencial se realiza por el Ministerio Sanidad solo “ante situaciones de urgencia”. En consecuencia, para cualquier actuación no urgente las clínicas deben permanecer cerradas.
A efectos de determinar y cómo tratar dichas “situaciones de urgencia”, nos remitimos a las “Recomendaciones de buenas prácticas para la atención de urgencia” publicadas por el Consejo General de Dentistas el 19 de marzo.
Recomendaciones de buenas prácticas para la atención de urgencia (Consejo General)