– Situación actual. Clínicas Vivanta, S.L.U. (y el resto de sociedades del grupo Vivanta) está en concurso de acreedores (Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, concurso 606/2026). Además, Desde el 26 de octubre de 2026 tiene cerradas todas sus clínicas.
La única forma de comunicar con la empresa actualmente es el formulario que aparece en el siguiente enlace:
https://vivantadental.es/continuidad_tratamiento_dental
– Acuda a un dentista cuanto antes si su caso no puede esperar. Por ejemplo, si tiene dolor, inflamación o una prótesis desajustada o dañada.
– Reúna y guarde toda la documentación: presupuesto, contrato, facturas y justificantes de pago, contrato de financiación y recibos, consentimientos informados, justificantes de citas, correos, mensajes y cualquier comunicación de la clínica. No entregue originales cuando tenga que entregar documentación: aporte copias.
– Pida por escrito su historia clínica completa, incluidas radiografías, fotografías, escáneres y modelos. Diríjase a VIVANTA para realizar dicha solicitud:
https://vivantadental.es/continuidad_tratamiento_dental
Si no la recibe en el plazo de un mes, puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos y ante la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Comunique su crédito a la administración concursal. Lo que pagó por tratamientos no realizados es un crédito frente a la empresa.
Datos de la Administración Concursal de Vivanta:
FTI & PARTNERS CORPORATE RECOVERY SPAIN SLP
Paseo de la Castellana, 35. 6ª planta, Madrid, 28046.
915243840
Envíe a la administración concursal sus datos, el importe pagado, el tratamiento pendiente y copia de los justificantes, toda la documentación que conserve.
El plazo general terminó el 15 de octubre de 2026. Si no lo ha hecho, hágalo igualmente cuanto antes, porque el retraso puede afectar a la posición de su crédito.
Si ya lo comunicó, conserve el justificante del envío.
– Si financió el tratamiento con una financiera ofrecida por la clínica (crédito vinculado), reclame por escrito a la entidad financiera.
Comuníquele el cierre y la parte del tratamiento no prestada.
Solicite que suspenda el cobro de los recibos y le devuelva lo que corresponda (artículo 29 de la Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo).
No deje de pagar sin haber reclamado antes por escrito, para evitar la inclusión en ficheros de morosos.
– Si pidió un préstamo personal a su banco y pagó a la clínica, ese préstamo no suele estar vinculado al tratamiento y debe seguir pagándolo. Su reclamación se dirige a la administración concursal (paso 4). Si pagó con tarjeta, consulte a su banco si puede anular el cargo.
– Presente una reclamación de consumo ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid/Junta de Castilla-La Mancha o la oficina municipal de información al consumidor (OMIC) de su municipio. Estas reclamaciones realmente no sirven de mucho, pero es bueno dejar constancia de los hechos ante la Administración.
– Comuníquese con el Colegio mediante ESTE FORMULARIO.
El Colegio va a recabar las denuncias de los pacientes y hacérselas llegar, en su caso, a la autoridad judicial o Fiscalía por si hubiera indicios de delito.
En toco caso, el Colegio no puede ordenar la devolución del dinero, ni tiene facultad alguna sobre sociedades mercantiles (que no sean profesionales), ni adoptar decisiones sobre relaciones comerciales y económicas, devolución de cantidades abonadas o declaración de responsabilidad civil.
Solamente en algún caso, si los odontólogos estuviesen identificados y hubiesen cometido alguna infracción contra el Código de Ética, el Colegio podría tramitar algún tipo de procedimiento que, en todo caso, se limitaría a amonestar a dichos profesionales.