El convenio, que arrancó en 2017, tiene como objeto ofrecer a los menores que lo precisen tratamientos, dentales complementarios. El menor acude a la Unidad de Salud Bucodental del Centro de Salud que le corresponda y una vez valorado, es derivado a la consulta del dentista del COEM, que libremente escoja de los adheridos al convenio.
Los colegiados del COEM que trabajen en el ámbito de la Comunidad de Madrid y no colaboren con el Servicio Madrileño de Salud ni tengan dentistas en su clínica que así lo hagan, pueden formar parte de la cartera de profesionales incluidos en el convenio.
Para los colegiados que han estado adheridos en la anterior edición, la renovación se realiza automáticamente salvo para los que no deseen continuar, que deben comunicarlo al email convenios@coem.org.es para tramitar su baja. Podéis consultar si estáis inscritos en el listado público.
Novedades de esta edición julio 2026 – julio 2027
Las derivaciones desde las USBD se harán hasta 15 días antes de la finalización del convenio. Los tratamientos dentales y su facturación tendrán como fecha límite 15 días posteriores a la finalización del convenio.
Se han modificado algunos tratamientos y tarifas.
Recordamos que imprescindible leer detenidamente el convenio ya que se debe cumplir con las obligaciones y compromisos que establece, así como los tratamientos incluidos y los plazos para realizar y facturar los tratamientos.