La prórroga del Estado de Alarma y las clínicas dentales

La prórroga del Estado de Alarma y las clínicas dentales

Publicado el 13/04/2020

13 de abril de 2020. Tras la prórroga del estado de alarma, las clínicas dentales continúan en el régimen establecido inicialmente en el Real Decreto que declara el estado de alarma y sus normas de desarrollo.

1) Las clínicas dentales, como centros sanitarios y establecimientos médicos que son, se consideran servicios esenciales que están exceptuados de la orden general de suspensión de establecimientos y actividades que se aplica en general.

2) En todo caso, hemos de recordar que el Ministerio de Sanidad ha establecido (Orden SND/232/2020 y SND/310/2020) que las clínicas solo serán servicios esenciales “ante situaciones de urgencia”, por lo que la actividad sanitaria estará suspendida en el resto de casos.