La ausencia de declaración de conformidad emitida por un protésico dental colegiado puede generar graves responsabilidades al odontólogo

La ausencia de declaración de conformidad emitida por un protésico dental colegiado puede generar graves responsabilidades al odontólogo

Publicado el 16/02/2022

El Real Decreto de Productos Sanitarios obliga a los protésicos dentales a emitir una declaración de conformidad para todas y cada una de las prótesis que fabrica. Dicha declaración de conformidad debe entregarse al odontólogo prescriptor que deberá conservar la misma a disposición de las autoridades competentes durante el plazo de 5 años desde que la prótesis fue colocada en la boca del paciente. A su vez, el paciente debe ser informado de la existencia de dicha declaración, siendo obligatoria su entrega si así lo solicita. Es importante igualmente recordar la necesidad de remitir la prescripción escrita al protésico dental.

Desde el COEM queremos recordar estas obligaciones y advertir de las responsabilidades que el incumplimiento de las mismas puede generar, desde la comisión de un delito contra la salud pública a infracciones administrativas graves, pasando por un eventual delito de intrusismo si la persona que fábrica la prótesis no estuviese en posesión de la titulación habilitante para el ejercicio de la profesión de protésico dental. 

Un ejemplo de lo que puede suceder en relación con la presente advertencia es el caso que ha saltado a la opinión pública recientemente: 

“La Guardia Civil desmantela un laboratorio de prótesis dentales a medida y sin licencia”.

En la web del Colegio se encuentra a disposición de todos los colegiados un modelo de declaración de conformidad que cumpliría con las exigencias legales y que puede servir de referencia a la hora exigir la declaración de conformidad al protésico dental.  Está en coem.org.es/legislacion