Nota aclaratoria sobre el cálculo de complementos

Nota aclaratoria sobre el cálculo de complementos

Publicado el 08/01/2024

En el nuevo Convenio colectivo del Sector Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos de la Comunidad de Madrid se establece el pago de complementos a la nómina. Para realizar el cálculo de dichos complementos se debe usar la columna que aparece en el Anexo IV llamada "complementos".

Por ejemplo, tenemos que abonar el 15% de complemento de radiología a una higienista. Los higienistas están en el Grupo III del convenio. En la tabla "complementos" de 2024 para el grupo III (sin antigüedad) aparece 1043,44€, siendo su 15%: 156,52€. Dicha cantidad es bruta, es decir, se debe retener lo correspondiente atendiendo al tipo de contrato del trabajador, número de hijos, etc. Las cantidades establecidas como complementos en el convenio, deben aplicarse mensualmente.

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Ver convenio.