Es obligatorio utilizar una receta nueva por cada prescripción que se realice

Es obligatorio utilizar una receta nueva por cada prescripción que se realice

Publicado el 31/01/2022

Conforme a lo previsto en la “Ley del Medicamento” (RDL 1/2015) y el Real Decreto de Receta Médica es obligatorio que cada prescripción de un medicamento sea realizada en una receta única e irrepetible (lo cual quedará acreditado con el código de receta o código de prescripción que identificada a cada receta), lo que implica que no pueden realizarse prescripciones sobre copias de la misma receta.

En caso de que no se disponga de recetas, debe solicitarse un nuevo o nuevos talonarios al COEM o darse de alta en el sistema de receta electrónica – que genera automáticamente dichas recetas únicas para cada prescripción. Para contribuir a una clínica más ecológica sin papel, la receta electrónica es gratuita para los colegiados. Además, cuenta con un servicio para dudas o incidencias en soporte@rempe.es Tlf.910 053 537.

En cuanto al incumplimiento de la mencionada obligación podría constituir una infracción leve en materia de medicamentos de las previstas en el artículo 111.2.a).7ª de la “Ley del Medicamento” al no cumplimentarse correctamente los datos de la receta. La sanción prevista para esta infracción es la de multa entre 6.000 y 30.000€, de ahí que sea importante ser diligente en el cumplimiento de una obligación que, gracias a la digitalización, cada vez está más controlada.

Importante: A partir de marzo, el precio de la receta tradicional será de 30€ el talonario impreso (+gastos de envío) y 20€ CD-ROM /email.

Acceso al sistema de Receta Electrónica (gratuito para colegiados).

Ver vídeo demostración de la receta electrónica