Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS)

Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS)

Publicado el 04/09/2018

IMPORTANTE: Este trámite es obligatorio y solo deben hacerlo aquellos colegiados que sean dueños de una clínica dental. El titular de la clínica debe dar de alta su clínica y después, comunicar los datos de todos los profesionales que trabajen en su clínica, tanto dentistas, como otros profesionales del área sanitaria de FP (ej. higienistas dentales).

El Ministerio de Sanidad informa de que el portal ya está operativo, pero únicamente para aquellos profesionales que hayan sido dados de alta en la aplicación, pudiendo incorporar los datos de sus respectivos profesionales sanitarios, así como de los profesionales del área sanitaria de FP. El acceso se realiza a través del siguiente link (pulsar “Accede al Portal WEB REPS”).

 Como ya os informamos, desde el pasado mes de mayo el Ministerio de Sanidad se ha estado dirigiendo directamente a los titulares o representantes de las clínicas dentales, instándoles a que se dieran de alta en el REPS a través del Formulario que se les enviaba junto con un escrito, previamente a la apertura del Portal. Según nos comunica el Ministerio, el proceso de alta de los profesionales está siendo algo lento, ya que tienen acumuladas muchas solicitudes pendientes de formalizar. Conforme se vaya autorizando el acceso a los profesionales, contactarán con ellos para que puedan proceder a iniciar la carga de datos en la aplicación.

¿Qué tengo que hacer si aún no he iniciado el trámite?
 
Para los colegiados que no hayan solicitado aún el alta en el portal, deberán hacerlo a la mayor brevedad posible, ya que la fecha límite prevista en la normativa para la incorporación de los datos es el 23 de septiembre y cualquier modificación posterior que existiera, deberá notificarse al REPS en el plazo máximo de 7 días.

La nueva dirección de correo electrónico a la que hay que mandar la documentación es reps@mscbs.es

* Descarga aquí el formulario de inscripción.
 


Información importante

Si trabajas por cuenta ajena, no debes realizar ningún trámite. Será tu empleador el encargado de notificar tus datos al REPS. Cuando sea dado de alta, recibirá una notificación con los datos aportados confirmando su registro.

Si eres titular de un centro sanitario o ejerces de manera autónoma, según el RD citado, en su Artículo 6, establece que los Centros Sanitarios Privados inscritos en el Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGCESS), estás obligado a comunicar los datos de los profesionales sanitarios y de los profesionales del área sanitaria de formación profesional incluidos en los registros.

En el caso de que el profesional autónomo mantenga una relación mercantil con un centro sanitario en el que presta sus servicios, será el centro sanitario el encargado de hacer la notificación.

Requisitos imprescindibles:
- El documento será cumplimentado sobre el original que han recibido. No serán válidos los documentos manuscritos y posteriormente escaneados.
- Deberán aparecer cumplimentados todos los campos, incluida la casilla de confirmación sobre la veracidad de los datos facilitados.
- El documento deberá estar firmado únicamente mediante certificado electrónico. (En este vídeo te explicamos cómo puedes obtener el certificado electrónico o digital).

* Manual de usuario del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios

* Manual de usuario para la carga masiva de información

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL TRÁMITE.

PRESENTACIÓN INFORMATIVA SOBRE EL REPS DEL FORO CELEBRADO EL 30 DE OCTUBRE EN EL COEM.